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Migraciones limita las ayudas de los solicitantes de asilo

Migraciones limita el acceso a las ayudas de los solicitantes de asilo para priorizar a los refugiados
La revisión del sistema restringe algunos beneficios, como el apoyo económico, a las personas ya reconocidas como beneficiarias de protección internacional.

[artículo de María Martín en El País, el 4.1.21]

Desde el 1 de enero, aquellas personas que soliciten asilo en España no podrán acceder a toda la cobertura del programa de acogida hasta que se resuelva favorablemente su petición. La Secretaría de Estado de Migraciones ha dictado una instrucción para aliviar el sistema para potenciales refugiados que lleva dos años enfrentando un aumento vertiginoso de solicitantes. La nueva norma reserva el acceso de algunos beneficios, como el apoyo económico, a las personas reconocidas con el estatus de refugiado o la protección subsidiaria, las dos figuras que contempla la Convención de Ginebra para la protección internacional.

Jornada Mundial del Migrante y del Refugiado 2020El sistema de acogida para solicitantes de asilo pasa por un itinerario que puede durar entre 18 meses y dos años y se estructura en dos fases, aunque antes se pasa por una etapa previa en la que se evalúa el perfil del solicitante para dirigirlo al recurso más adecuado a sus necesidades. En la primera fase, de seis meses, se ofrece alojamiento, manutención, asistencia jurídica y cursos de castellano y puede ampliarse a nueve meses en caso de perfiles muy vulnerables. En la segunda fase, de hasta 15 meses, los solicitantes, que para entonces cuentan con autorización para trabajar tras pasar un semestre en España, pueden optar a prestaciones económicas para salir del recurso de acogida, alquilar un piso (muchas veces compartido) e ir prescindiendo del apoyo institucional.

La nueva norma implica que ahora solo podrán acceder a la última fase las personas que ya hayan sido reconocidas como beneficiarias de protección internacional. El resto deberá permanecer en la primera fase hasta que se resuelva su expediente y, solo si la respuesta es favorable, podrá continuar su itinerario de inclusión y acceder a todas las ayudas que contempla el programa.

España lleva desde 2018 afrontando una presión sin precedentes en el sistema de asilo impulsada sobre todo por la inestabilidad de países como Venezuela, Colombia, Honduras o El Salvador. Las cifras, que se mantenían en unas pocas miles de personas, saltaron a un récord histórico de 118.000 peticiones en 2019. Este volumen de solicitudes han ido atascando un sistema anticuado y poco dimensionado para los flujos actuales.

En 2020 España se situó como el principal receptor de la UE de solicitantes de asilo y, a pesar del cierre de fronteras por la pandemia, se superaron las 84.000 peticiones. Alrededor del 30% de esas personas que solicitan asilo en España demandan una plaza de acogida, según la Secretaría de Estado. La red de acogida se ha visto saturada en varias ocasiones y está en marcha un plan para reformular un nuevo modelo más eficiente.

El texto de la instrucción pone en evidencia una de las deficiencias del sistema. En teoría y, según la normativa, la persona que pide asilo debería ver su resolución resuelta en un máximo de seis meses, el tiempo que equivale a la primera fase del programa de acogida. Si obtiene protección, continúa su itinerario de inclusión y autonomía, pero si se le deniega, el solicitante sale del sistema antes de acceder a la segunda fase. En la práctica esto no ocurre en los tiempos previstos. El ritmo de resolución de la Oficina de Asilo, que depende del Ministerio del Interior, sobrepasa con creces el plazo que marca la ley y el desfase de plazos mantiene en el sistema durante meses a miles de personas que luego verán denegada su solicitud. Esta situación, según la Secretaría de Estado de Migraciones, ha “desvirtuado el objetivo” del programa.

Por tanto, el fin de la medida, según Migraciones, es “adaptar los tiempos de estancia en la primera fase a los plazos de resolución de las solicitudes”, que las prestaciones económicas se dediquen exclusivamente a las personas que son reconocidas como refugiados y evitar que pasen de fase miles de personas que finalmente no recibirán protección y pasarán a la irregularidad. España tiene actualmente una tasa de reconocimiento del 5%, de las más bajas de la Unión Europea, a niveles de Hungría, uno de los socios más beligerantes contra inmigrantes y refugiados. Aunque el ritmo de resolución de los expedientes viene acelerándose en los últimos meses, aún es pronto para afirmar que el Ministerio del Interior conseguirá adaptar los plazos a los seis meses que marca la ley. Con esta instrucción, la Secretaría de Estado se reserva la potestad de permitir que determinados solicitantes, que tras seis meses sigan sin recibir respuesta a su solicitud, que puedan pasar de fase.

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