Manuel Gallego – LLEVANDO ESPERANZA AL PRESO

LLEVANDO ESPERANZA AL PRESO
Manuel Gallego Díaz

Pastoral Penitenciaria. Manos en rejas.Ofrecemos el esquema -muy claro y expreso- de la charla dada el pasado 3 de abril en la formación sacerdotal de la Vicaría VIII de nuestra archidócesis por el jesuita Manuel Gallego Díaz, capellán de apoyo en el Centro Penitenciario Madrid V -Soto del Real-, doctor en Derecho y exrector de la Univ. Pontificia Comillas.

  • Sobre el mismo tema,. véase un amplio articulo, también de Manuel Gallego, en otra entrada de nuestra web: pulse aquí.

PRIMERA PARTE – CONTEXTUALIZACIÓN DE LA PRISIÓN

Nacimiento de la pena de prisión: finales del siglo XVIII

  • Un avance frente a la pena de muerte y otras penas degradantes.
  • Mayor graduabilidad: temporal y de régimen (reclusiones, presidios, prisiones…).

Historia: progresivos avances en humanización

  • Rodeada de garantías y reconocimiento de derechos
  • Condiciones más dignas de cumplimiento
  • Proporcionalidad
  • Acortamiento de su duración
  • No solo retribución o castigo, sino sobre todo fines de resocialización y reeducación: art. 25.2 de la Const. Esp.
    • También fines de prevención general negativa y positiva
    • Reparación a la víctima
    • Restauración de la convivencia (Justicia restaurativa)

Con todo es una pena discutida

  • Apartamiento del condenado de la sociedad. En el fondo: vertederos humanos. Lugares apartados y alejados, apartamiento e invisibilización de personas que molestan, nocivas…
    • Internos de todos los estratos sociales, pero concentración de marginación, abandono escolar prematuro, adicciones, paro, economía sumergida, familias desestructuradas, enfermedad mental (su situación en prisión empeora)…
  • Afecta sensiblemente a la persona privada de libertad y también a su familia
    • Afecta al psiquismo del preso (de manera diferente según personalidades y situaciones): angustia, miedo, desánimo, desorientación, baja estima personal y de dignidad, estrés y ansiedad por la situación familiar…
    • Efectos desocializadores: rompe con el mundo circundante de relaciones: familia, amistades, relaciones sociales, trabajo, habilidades profesionales, digitales…
    • Afecta también a su salud: visión en penas de larga duración…
    • La familia muchas veces pierde su sustento, vergüenza entre vecinos y amistades…
  • Cuestionabilidad de la reeducación y reinserción como fin de la pena tanto por razones conceptuales como prácticas.
    • Paradoja de querer preparar para la vida en libertad privando de libertad.
    • Querer reinsertarle en una sociedad que ella misma es criminógena.
    • Querer cambiar las actitudes internas de la persona.
    • Subcultura carcelaria: interiorización de valores distintos de la vida en libertad para sobrevivir en prisión: prisionización (sumisión, contagio…).
    • Falta de medios: recursos humanos (personal técnico), presupuestarios…
    • Consecuencia del escepticismo y cuestionamiento de la resocialización: acentuación consiguiente de la retribución (neorretribucionismo) y la prevención general.
    • Con todo: tasa de reincidencia en España: 23%
  • Pero sigue siendo necesaria:
    • Sobre todo por razones preventivas en relación con la criminalidad media y grave.
    • Pero sometida a determinadas condiciones:
      • Participa del principio de ultima ratio del Derecho Penal: preferencia de aquellas otras sanciones menos lesivas.
      • Configurada para que sea lo menos destructiva y desocializadora posible: la solución está en reducir el límite superior y aumentar el inferior: aquellos que resultando suficientes para la prevención general no resultan tan devastadores que provoquen la irrecuperabilidad del individuo.
      • Humanización.
    • Alternativas a las penas cortas: sustitución por otras penas (trabajos en beneficio de la comunidad, localización permanente, multa…) y suspensión de la ejecución, más facilidad para terceros grados…

La pena de prisión en España

  • Clases de penas privativas de libertad
    • Prisión
    • Prisión permanente revisable
    • Localización permanente
    • Responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa
  • El sistema penitenciario español es uno de los más avanzados y progresistas (frecuentes visitas de delegaciones extranjeras).
    • Art. 25.2 de la Const. Esp. y art. 1 de la LOGP (Ley Orgánica General Penitenciaria): orientación de las penas privativas de libertad a la reeducación y reinserción social.
    • Ejecución según el sistema de individualización científica: dividido en grados cuyo régimen se va flexibilizando progresivamente en razón de la evolución de la persona presa.
    • Eje del sistema: el tratamiento. Conjunto de actividades dirigidas a conseguir los fines de reeducación y reinserción social. Para rehabilitar es preciso investigar los factores que han favorecido la comisión del delito (carencias económicas, educativas, sociales, afectivas, alteraciones psicológicas, trastornos de personalidad, etc.) y actuar o intervenir sobre ellos para que el condenado, una vez alcanzada la libertad, pueda reintegrarse en la sociedad respetando la ley y conviviendo pacíficamente con los demás.
    • Dos conceptos de tratamiento:
      • Psicotécnico: LOGP 1979. De tipo clínico o terapéutico. Evoca una imagen patológica del infractor y del propio problema criminal.
      • Socio-educativo (más realista): RP 1996. Concepto más amplio y moderno al mismo tiempo que más realista y modesto, como formación de personas a través de la realización de actividades culturales, formativas, laborales u ocupacionales y contactos con el exterior, más que en la línea de una intervención clínica.
    • Valoración del tratamiento:
      • Falta de medios, sobre de personal técnico.
      • El tratamiento solo llega a algunos internos, no a todos.
      • No todos lo aceptan: voluntariedad.
  • Progresivo aumento y endurecimiento de la pena prisión (reformas Código Penal 2003 y 2015): desnaturalización del sistema de individualización científica.
    • Duración de la prisión: prisión permanente revisable (Papa Francisco: una pena de muerte oculta, una tortura. No hay futuro-. -Ver su visita a la cárcel de S. Joaquín, en Santiago de Chile-)
    • Periodo de seguridad para el tercer grado.
    • Agravación de la libertad condicional (pasa a ser una suspensión del resto de la pena)
    • Efectos oclusión en relación con los beneficios penitenciarios y la libertad condicional
  • Tipología delictiva
    • Delitos patrimoniales y socioeconómicos (hurtos, estafas, también con medios informáticos, robos …)
    • Contra la salud pública.
    • Violencia de género y malos tratos en el ámbito familiar.
    • Contra la libertad sexual.
    • Contra la seguridad vial

Algunas consideraciones finales

  • Creencia en la sociedad y en los medios de que en España existe un problema grave de criminalidad.
    • No es cierto. España tiene una de las tasas más bajas de criminalidad. Sin embargo, abuso de la pena de prisión, tendencia continua a su agravación y endurecimiento, mayor duración que en otros países. Tasa de criminalidad (2022): España 48,6; Alemania 60,7; Bélgica 74,8; Reino Unido 79,5.
    • Por eso hay una tasa alta de población penitenciaria (49.000 internos: 45’5 varones y 3’5 mujeres).
  • La política criminal de nuestro legislador ha venido influenciada por tendencias neorretribucionistas y de prevención general alentada en gran parte por el fenómeno del populismo punitivo como uso desmedido del Derecho penal para resolver cualquier problema social con la convicción, inconfesada de manera explícita, de que aumentando y endureciendo las penas se consigue obtener rédito electoral.
  • La eficacia de la pena no depende tanto de su mayor duración como de que sea proporcionada y de una ejecución adecuada que respete las directrices constitucionales en lo que se refiere a los derechos individuales y a su orientación resocializadora. Y siempre rodeada de humanización. El cumplimiento de la pena de prisión ha de ser siempre humano, lo menos destructivo y desocializador posible.

 SEGUNDA PARTE – PRESENCIA DE LA IGLESIA EN EL MUNDO DE LA PRISIÓN: LA PASTORAL PENITENCIARIA

  • Presencia continua de la Iglesia desde sus mismos orígenes: con todos los que sufren.
  • Fundamento:
    • Responde al encargo de anunciar el Evangelio a todo el mundo sin exclusión alguna, también a los que han cometido delitos.
    • Jesús se identifica con las personas que se encuentran en esa situación: Mateo 25, 31-46.
    • Atención primaria entre las recomendaciones: “Acordaos de los presos como si estuvierais presos con ellos; de los que son maltratados como si estuvierais en su carne” (Hebreos 13, 1-3).
    • Además es un derecho que tiene todo interno a manifestar y practicar su religión, de modo que las autoridades no solo tienen que permitirlo sino facilitarlo (Convenio Europeo de Derechos Humanos y Reglas Penitenciarias Europeas de 2006).
  • Quiénes son las personas presas: son personas.
    • Son personas que han cometido un delito, que han hecho daño a otros y a la sociedad. Se les ha condenado por eso, por una conducta determinada, no como personas. La condena no es una descalificación personal. Su dignidad queda inalterada.
    • En la cárcel está representada toda la sociedad, pero hay una mayor concentración de las personas más desfavorecidas (migrantes, indigentes, trabajos precarios, abandono escolar temprano, familias desestructuradas, trastornos mentales…). Olvidarse de buenos y malos. Hasta hay sacerdotes y religiosos.
    • Cualquiera de nosotros podríamos haber cometido un delito si hubiéramos estado en sus mismas circunstancias. No sabemos si les faltaron las fuerzas, si lo cometieron en momentos de debilidad, si fue a consecuencia de las adicciones, si estaban en una situación económica grave…No podemos juzgar de las personas. ¿Inocentes? ¿Quiénes somos nosotros para juzgar?
    • Muchos de ellos, aparte de victimarios, son también víctimas: marginación, situación de calle, de precariedad, parados, carencias de todo tipo, falta de afectos, familias desestructuradas, desarraigo…
    • Con independencia de lo que hayan hecho, sufren soledad, abandono, exclusión, juicios adversos de la sociedad y están necesitados de consuelo, compasión, misericordia, ánimo, humanidad, esperanza… Son hermanos nuestros, ellos y sus familias son de nuestras parroquias… Personas a las que no podemos desatender e ignorar.
    • Cuando Jesús se relacionaba con los pecadores ello no suponía la aprobación del pecado cometido, la aceptación de su forma de vida. Lo que quería era que no pecaran más, que no siguieran arruinando su vida.
  • Cómo se vive subjetivamente la situación de internamiento: normalmente como una experiencia dolorosa y difícil. Para ellos y también para sus familias.
    • Ya desde el principio sentimiento de incertidumbre, sensación de soledad, desamparo, miedo, una preocupación por la seguridad personal, estrés, ansiedad, lo que puede derivar en un cuadro de estrés psicológico (suicidio).
    • Pero la privación de libertad, sobre todo en las condenas de larga duración, produce también otros efectos negativos en la persona del interno: descenso de la autoestima y de la percepción de su dignidad, sentimiento de inseguridad y de miedo tanto dentro de la prisión como en lo que puede proyectar hacia el futuro al tiempo de ser excarcelado.
    • En muchos preocupación por la familia.
  • Tipología de religiosidad: la cárcel es un lugar y un tiempo de Dios (puerta santa).
    • Numerosas confesiones: católicos, protestantes, luteranos, evangélicos, ortodoxos, testigos de Jehová, musulmanes, judíos…
    • Religiosidad popular: rosarios (algunos lo rezan), estampas de la virgen y los santos, oraciones (al Señor de los Milagros, a Judas Tadeo…), continua solicitud de bendiciones…
    • Oración personal: evangelio del día, Biblia…
    • Lectura religiosa
    • En la cárcel algunos repiensan y replantean su vida y se les despierta la fe
    • Otros descubren en ella la fe.
    • Asistencia a las misas: módulo 14: 7 u 8 de 30 (25%)
    • Confesiones: pocas, pero impactantes.
    • Gestos bonitos de solidaridad con los que no tienen nada…
  • No podemos dejar abandonada a esta gente. Tenemos que ayudarlos a darles sentido a su situación y acompañarlos en el proceso de incorporación a la sociedad como personas nuevas. Acompañar, animar, llevar esperanza…
  • Objetivo. La intervención de la Pastoral Penitenciaria es de carácter integral.
    • No puede limitarse al aspecto religioso y espiritual, a la proclamación de la Palabra y la administración de los sacramentos para hacerles llegar a los presos misericordia y esperanza y buscar su arrepentimiento y conversión.
    • También tiene que incidir en la humanización y dignificación de la persona presa procurando que su situación sea conforme a la justicia y a la dignidad en todas sus dimensiones.
    • Atención a sus necesidades sociales, jurídicas, culturales o de cualquier otro orden.
  • Características de la Pastoral Penitenciaria:
    • Encuentro personal: generar confianza
    • Humanizadora
    • De integración
    • De animación, acompañamiento y promoción
    • De perdón y misericordia
    • De liberación: del peso del delito, del pecado, de lo que le ha llevado a él.
    • De esperanza: después de la cárcel hay vida, es posible la recuperación, la reinserción.
    • Presencia dirigida a toda clase de internos.
  • Atención religiosa: el anuncio de la Buena Noticia a los presos: la presencia fundamental está en las eucaristías. También catequesis, Grupos Alpha, Curso de biblia.
    • A lo largo de las eucaristías: encuentro con el Dios de Jesús que nos transmiten los Evangelios a partir de su vida y sus parábolas: no un Dios justiciero y vengativo, sino un Dios que la persona presa puede percibir o experimentar como Buena Noticia, como una donación de sentido a la extraña y dolorosa vida que está viviendo ahora. Es el Dios que es amor y misericordia, que no acusa ni juzga. Para eso ya están los fiscales y los jueces. Es el Dios que es de todos, no solo de los piadosos, de los que se sienten dignos y buenos para presentarse ante él en el templo. Es el Dios que no es solo de los que se acercan a él cargados de méritos. Es el Dios que escucha y perdona a los que le piden compasión. Es el Dios amigo de los pecadores, que no da a nadie por perdido, que no excluye a nadie de su compasión y perdón. Es el Dios que alivia el sufrimiento, que rescata y libera de las ataduras del pasado y nos hace mirar el futuro con esperanza viviendo los valores de su Reino: amor, bondad, justicia, verdad, misericordia, compasión, solidaridad, paz… en orden a fomentar que este mundo sea más digno y humano para todos sus hijos e hijas.
    • El encuentro con Dios le abre a la persona presa el corazón para reconocer su responsabilidad penal, recuperando así la paz interior y el sentido de su dignidad y libertad y, en la medida que contribuye a su arrepentimiento y conversión, le posibilita la rehabilitación personal, espiritual y humana dando así un nuevo sentido a su vida. Algunas personas presas, incluso de otras confesiones, reconocen que en su contacto con la Pastoral Penitenciaria sienten una gran paz interior. Incluso en una ocasión un interno musulmán llegó a confesarme que la Pastoral Penitenciaria es lo mejor que tiene la cárcel precisamente por eso, por la paz interior que infunde.
  • Atención humana: humanización, relación personal con el interno.
    • Hablar, escuchar. Hablar con su familia. Con su abogado. Los pequeños problemas se hacen un mundo para el preso. Quieren que todo se haga rápidamente, pero en la cárcel todo marcha lentamente. Hay que acompañarlos y motivarlos en su caminar hacia una nueva vida en libertad.
    • Tampoco pueden pasarse por alto aquellas otras intervenciones o actuaciones de la Pastoral Penitenciaria que ayudan al interno a mejorar su formación y a madurar y crecer como persona por medio de distintas actividades ocupacionales, socioeducativas, deportivas y terapéuticas o mejorando sus habilidades, actuaciones que pueden integrar o formar parte de su programa de tratamiento individual.
  • Atención caritativa:
    • La acción social y caritativa de la Iglesia también se preocupa de proporcionar seguridad y protección en sus necesidades más básicas, ingresando peculio o proporcionando tarjetas de teléfono, paquetes de ropa y calzado, gafas o relojes a aquellos internos que carecen de apoyo económico, promoviendo distintas fórmulas para la asistencia bucodental u oftalmológica gratuita de estos internos, visitando, atendiendo y ayudando a los enfermos y enfermas presos cuando están ingresados en un hospital, acogiendo, atendiendo y procurando ayuda y apoyo a sus familias. Este otro aspecto de la Pastoral Penitenciaria aporta seguridad y dignidad a aquellas personas presas que carecen de otros apoyos económicos y familiares
    • La persona presa que carezca de familia o de otros vínculos sociales cuenta además para ir preparando ese futuro con la posibilidad de acogida y alojamiento en las muchas de las casas u hogares que ofrecen instituciones de la Iglesia durante el disfrute de los permisos penitenciarios o incluso en el momento posterior a su excarcelación. Son hogares de acogida y acompañamiento, así como caminos de reinserción, formación y acceso al mundo laboral en los que estas personas perciben que su vida puede cambiar de verdad.
  • Conclusiones:
    • El apoyo y acompañamiento humano y religioso que presta la Pastoral Penitenciaria puede resultar muy importante para el interno en orden a asumir la situación de privación de libertad con un ánimo positivo y participativo, asumir la responsabilidad por los delitos que haya cometido, superar y liberarse de su pasado y, sobre todo, a generar en él motivaciones y actitudes personales que le dispongan para encontrar un sentido a su encarcelamiento y entrar más fácilmente en una dinámica de preparación para la futura puesta en libertad colaborando en los programas de tratamiento que se le ofrezcan o propongan por parte de los equipos técnicos.
    • La experiencia religiosa que vive la persona presa no solo le reconcilia con su pasado, al llevar a cabo un proceso de arrepentimiento y conversión, y le proporciona un nuevo sentido a la dolorosa y difícil vida de privación de libertad, sino que también le hace sentirse una persona nueva, rehabilitada, espiritual y humanamente, convencida de que con su compromiso y la gracia de Dios puede llegar a cambiar y construir un nuevo horizonte de futuro en libertad que le impulsa a mirar al futuro con esperanza disponiéndole a prepararse para una vida futura alejada del delito y orientada por los valores del Reino de Dios.
    • El acercamiento al capellán y a los voluntarios de la Pastoral Penitenciaria puede resultar liberador para la persona presa en la medida que le permite desahogar su ansiedad, sus miedos, sus preocupaciones, sus angustias respecto de él mismo y de su familia, sobre las seguridades que ha dejado atrás y las incertidumbres que le abre el futuro, lo cual le va a permitir recuperar su autoestima y su dignidad humana.
    • Ya las mismas actitudes y maneras de proceder de la Pastoral Penitenciaria con las personas presas contribuyen en gran medida, más que la misma dispensa de atención espiritual y religiosa, a la humanización y a la evitación de la desocialización y despersonalización tanto del interno como del propio sistema penitenciario en su conjunto. No es infrecuente que los mismos responsables de las instituciones penitenciarias reconozcan y manifiesten que el ánimo y el aliento espiritual que infunde la Pastoral Penitenciaria a las personas presas se convierten en una motivación y un recurso importantes en su proceso de mejora y cambio personal.
    • Y lo que sobre todo lleva la Iglesia a la cárcel es esperanza: hacerles ver que el Evangelio puede darles algún sentido a aquella vida tan extraña y mutiladora, que puede reconciliarles con su pasado, consigo mismos y con Dios, y puede animarlos y acompañarlos para hacer de ellos personas nuevas, con futuro, con esperanza. Y la esperanza es activa, genera energía para encarar el futuro, pone en marcha…

 


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